RESUMEN
NIA 700-705
NIA 700 (FORMACION DE LA
OPINIÓN Y EMISION DEL INFORME DE AUDITORÍA SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS):
La
NIA 700 trata de la responsabilidad que tiene el auditor de formarse una
opinión sobre los estados financieros. También trata de la estructura y el
contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una auditoría de
estados financieros.
Los objetivos del
auditor en esta NIA:
·
La
formación de una opinión sobre los estados financieros basada en una evaluación
de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida.
·
La expresión de dicha opinión con claridad
mediante un informe escrito en el que también se describa la base en la que se
sustenta la opinión
Los requerimientos de
esta NIA:
·
Formación
de la opinión sobre los estados financieros
·
El
auditor se formará una opinión sobre si los estados financieros han sido
preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de
información financiera aplicable.
·
Con
el fin de formarse dicha opinión, el auditor concluirá si ha obtenido una
seguridad razonable sobre si los estados financieros en su conjunto están
libres de incorrección material, debida a fraude o error.
Tipo de opinión del
Auditor:
·
El
auditor expresará una opinión no modificada (o favorable) cuando: concluya que
los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales,
de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
·
El
auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría, de
conformidad con la NIA 705, cuando: concluya que, sobre la base de la evidencia
de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están libres
de incorrección material; o no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente
y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto están
libres de incorrección material.
NIA 705 (OPINION
MODIFICADA EN EL INFORME EMITIDO POR UN AUDITOR INDEPENDIENTE):
La
NIA 705 trata de la responsabilidad que tiene el auditor de emitir un informe
adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión de
conformidad con la NIA 700, concluya que es necesaria una opinión modificada
sobre los estados financieros.
Tipos de opinión
modificada
Esta
NIA establece tres tipos de opinión modificada: Opinión con salvedades, opinión
desfavorable (o adversa) y denegación (o abstención) de opinión.
La
decisión sobre el tipo de opinión modificada que resulta adecuado depende de:
·
La
naturaleza del hecho que origina la opinión modificada, es decir, si los
estados financieros contienen incorrecciones materiales o, en el caso de la
imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, si
pueden contener incorrecciones materiales.
·
El juicio del auditor sobre la generalización
de los efectos o posibles efectos del hecho en los estados financieros.
Objetivo del Auditor:
El objetivo del auditor es expresar, con
claridad, una opinión modificada adecuada sobre los estados financieros cuando:
·
El
auditor concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los
estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material.
·
El
auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para
concluir que los estados financieros en su conjunto estén libres de
incorrección material.
Requerimientos
Situaciones en las que se requiere una opinión modificada:
El auditor expresará una opinión modificada en
el informe de auditoría cuando:
·
Concluya,
sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, que los estados
financieros en su conjunto no están libres de incorrección material.
·
No
pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que
los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material.
Determinación del tipo
de opinión modificada
Opinión con salvedades: El auditor expresará una opinión con
salvedades cuando habiendo obtenido evidencia de auditoría suficiente y
adecuada, concluya que las incorrecciones, individualmente o de forma agregada,
son materiales, pero no generalizadas, para los estados financieros; el auditor
no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar
su opinión, pero concluya que los posibles efectos sobre los estados
financieros de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera, podrían ser
materiales, aunque no generalizados.
Opinión desfavorable (o
adversa): El auditor
expresará una opinión desfavorable (o adversa) cuando, habiendo obtenido
evidencia de auditoría suficiente y adecuada, concluya que las incorrecciones,
individualmente o de forma agregada, son materiales y generalizadas en los
estados financieros.
Denegación (o abstención) de opinión: El auditor denegará la opinión (o se
abstendrá de opinar) cuando no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente
y adecuada en la que basar su opinión y concluya que los posibles efectos sobre
los estados financieros de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera,
podrían ser materiales y generalizados o en circunstancias extremadamente poco
frecuentes que supongan la existencia de múltiples incertidumbres.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario